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Refugiados y Asilo

Se les puede otorgar estatus de refugiados o asilo a las personas que han sufrido persecución o que temen que se les persiga por razones de raza, religión, nacionalidad, y/o por pertenecer a un cierto grupo social u opinión política.

Refugiados

El estatus de refugiado es una forma de protección que puede otorgárseles a las personas que satisfacen la definición de refugiados y que constituyen una inquietud humanitaria especial para los Estados Unidos. Generalmente, los refugiados son personas que están fuera de sus países que no pueden o no están dispuestos a volver allí porque temen daños personales graves.

Puede solicitar que se le remita para estatus de refugiado solamente desde fuera de los Estados Unidos.

Asilo

El estatus de asilo es una forma de protección disponible para las personas que:

  • Satisfacen la definición de refugiado
  • Están ya en los Estados Unidos
  • Piden admisión en un puerto de entrada

Puede solicitar asilo en los Estados Unidos sin importar su país de origen o su estatus de inmigración actual.

Raramente los solicitantes de Asilo Afirmativo son detenidos por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés). Usted podrá residir en los Estados Unidos mientras su solicitud está en trámite ante USCIS. Si es encontrado inelegible, puede permanecer en los Estados Unidos mientras su solicitud está en trámite ante el Juez de Inmigración. La mayoría de los solicitantes de asilo no están autorizados a trabajar en los Estados Unidos.

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Un Nuevo Comienzo

Estas son algunas imágenes de clientes que han cambiado sus vidas gracias a nuestra labor defendiendo sus derechos y tramitando sus casos para brindarles una nueva oportunidad en los Estados Unidos.

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Las dos formas de obtener asilo en los Estados Unidos

Proceso de Asilo Defensivo con USCIS

Una solicitud de Defensa de Asilo ocurre cuando usted solicita asilo como defensa en contra de su remoción de los Estados Unidos.  Para que un procesamiento de asilo sea defensivo, usted debe estar en procesos de remoción en la Corte de Inmigración con la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR, por sus siglas en inglés).

Usualmente, las personas son colocadas en procesos de asilo defensivo en una de las siguientes dos formas:

  • Son referidas por USCIS a un Juez de Inmigración luego de que al final del proceso afirmativo de asilo se determinara que son inelegibles para asilo.
  • Fueron colocadas en procesos de remoción porque:
    • Fueron detenidos o arrestados en los Estados Unidos o uno de sus puertos de entrada sin la documentación legal adecuada, o en violación de su estatus migratorio.
    • Fueron arrestados por el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) intentando entrar a los Estados Unidos sin la documentación adecuada, colocados en procesos expeditos de remoción y el Oficial de Asilo encontró que tenían “temor creíble” de ser perseguidos o torturados. 

Los Jueces de Inmigración ven los casos de asilo defensivo en procedimientos de confrontación (similares a una vista judicial). El juez oirá los argumentos de las siguientes partes:

  • El individuo (y su abogado, si está representado).
  • El gobierno estadounidense, representado por un abogado de ICE.

Luego el Juez de Inmigración decidirá si la persona es elegible para asilo. Si es elegible, el Juez de Inmigración ordenará que se conceda el asilo. Si encuentra que es inelegible, determinará si el individuo es elegible para cualquier otra forma de ayuda para evitar la remoción. Si es inelegible para cualquier otra forma de ayuda, el Juez de Inmigración ordenará que la persona sea deportada de los Estados Unidos.

Proceso Afirmativo de Asilo con USCIS

Para usted obtener asilo a través del proceso afirmativo debe estar presente en los Estados Unidos.  Debe solicitar estatus de asilo independientemente de la forma en que llegó a los Estados Unidos o de su estatus de inmigración actual.

Usted debe solicitar asilo dentro del período de un año de su última llegada a los Estados Unidos, a menos que pueda demostrar:

  • Circunstancias que cambiaron y afectan directamente su elegibilidad de asilo o circunstancias extraordinarias relacionadas con demoras en la presentación de la solicitud.
  • Dadas las circunstancias, que usted presentó su solicitud dentro de un período razonable.
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